El valle de Otíñar, muy cercano a
la ciudad de Jaén, es un paraje natural impresionante que llama la atención del
visitante nada más adentrarse en él. Dicho espacio ofrece al visitante muchas
sorpresas y tesoros históricos que guarda y que se pierden en la noche de los
tiempos. El hombre primitivo ya dejó su huella aquí hace miles de años dejando números
yacimientos, entre los que se encuentran varias cuevas con pinturas rupestres
esquemáticas. No obstante, esa presencia humana no se quedó ahí y siguió
estando presente en el valle hasta nuestros días, en que todavía sigue
vinculada a él. La villa romana del laurel, el castillo medieval de Otíñar, el
hito caminero de Carlos III, o la colonia de Santa Cristina, entre otros, son
testigos callados de esa presencia.
Pese a ello, el valle sigue
siendo a nivel histórico un enigma que lleva al historiador a
embriagarse con el elixir de los misterios que todavía quedan por resolver.
Igualmente, la escasez de documentación y de trabajos de investigación sobre
este espacio, el cual abarca incluso una superficie mayor que la de pueblos
cercanos como Jamilena, ha hecho que no se dé tampoco un revisionismo de esas
fuentes documentales y de lo ya investigado. Tal hecho, ha conllevado a que
surjan errores y “topicazos” históricos enquistados en el tiempo, de los cuales
la provincia de Jaén está repleta todavía. Recordemos el caso de Martos, donde
todavía hoy muchos creen que la condesa que defendió la villa en 1227 del
entonces reyezuelo musulmán de Arjona, al-Ahmar , fue doña Mencía de Haro,
cuando en realidad fue Irene de Urgel, primera esposa de Alvar Pérez de Castro, que por entonces ostentaba la tenencia de la villa de Martos.
En el presente post vamos a
corregir un error histórico que ha acarreado el valle de Otíñar
desde el siglo
XIX, y que tiene que ver con la construcción y establecimiento en el mismo de
una colonia agroganadera, que se denominó, incluso por sus fundadores, como
Señorío de Otíñar o Santa Cristina, y a la cual se asoció un supuesto título
nobiliario. Dicho problema arranca cuando en 1827 el funcionario real, Jacinto
Cañada Rojo, vecino de Jaén, adquiere mediante compra a censo los llamados
cuartos de la Parrilla y del Castillo de Otíñar. Un territorio que hasta
entonces había pertenecido a los propios del concejo de Jaén, pero que debido a
la legislación desamortizadora surgida de la Constitución de Cádiz (1812),
permitió al rey Fernando VII conceder permiso al citado funcionario real para
que por iniciativa particular creara una nueva población o colonia en dicho
espacio serrano situado al sur del término municipal de Jaén. La nueva
población gozó del favor real, llegando la reina consorte Mª Cristina de Borbón
a declararse patrona del núcleo poblacional, que pasaría a llamarse Santa
Cristina, en su honor, así como de la capilla o iglesia del mismo. Ello ocurría
en el año 1831, y dos años después, en 1833, poco antes de morir el “rey felón”,
éste aprobaba la nueva población de Santa Cristina concediendo a su fundador
diferentes privilegios entre los que estaba un título nobiliario, por haber construido
de su propio pecunio la nueva población, según lo acordado.
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Firma de Jacinto Cañada Rojo, fundador de Santa Cristina |
A partir de aquí nos encontramos
con una serie de incoherencias y errores que no sabemos hasta qué punto partían
de la ignorancia de los colonos de Santa Cristina y algunos vecinos de Jaén, o del
aprovechamiento que el fundador de Santa Cristina y sus posteriores herederos
hicieron de esa ignorancia en su propio beneficio. Todo viene por la denominación de todo el espacio
adquirido por Jacinto Cañada Rojo, como Señorío de Otíñar o Santa Cristina, y
la referencia a dicho personaje como Barón de Otíñar.
Respecto a la baronía, a la cual
todavía se hace referencia en algunos blogs y páginas de Internet como título
ostentando por los antiguos propietarios de la finca, decir que, según las últimas investigaciones realizadas, dicho título jamás existió, al menos de
manera efectiva, como ya sospechaba la profesora López Arandia. Si bien es cierto que el rey prometió conceder un título nobiliario a
Jacinto Cañada una vez construyó Santa Cristina, la verdad es que el mismo nunca gozó de sanción legal o validez
a tenor del registro de títulos existentes en el archivo del Ministerio de
Justicia, donde no consta. Es cierto, que en muchas ocasiones el propio Jacinto Cañada aparece
en documentos indicando que es Barón de Otíñar, e incluso en uno de sus
testamentos manda que una sobrina y heredara ostentase el título que al parecer poseía. De
igual forma, los colonos de Santa Cristina y algunos vecinos de Jaén, al referirse
a dicho fundador y a los posteriores propietarios de la finca, siempre
denominaron a los mismos como los barones de Otíñar. No obstante, la realidad
fue diferente, pues, como hemos dicho, ese título nunca gozó de sanción legal y
por tanto de efectividad, quedando el mismo como una denominación que estas
personas concedían a los dueños de la finca y como una “autotitulación” que éstos
se daban y aceptaban para si. No podemos considerar pues que
existiera una baronía de Otíñar,
ya que dicha mención se hacía en documentos como los protocolos notariales, donde el escribano reflejaba aquello que los otorgantes le indicaban, no
teniendo porqué verificar que dicha persona fuera barón, comerciante o jornalero.
Otro dato documental es la propia lápida sepulcral de Jacinto Cañada Rojo, sita
en la antigua iglesia de Santa Cristina, donde no se hace mención alguna a la baronía
y sí a la condición de fundador de Santa Cristina y de su iglesia, lo cual es raro dado la rimbombancia que se daba a dicho titulo. Las razones
por las que nunca se llegó a conceder dicho título nobiliario no se conocen
todavía, y son tema de futuras investigaciones. Se ha apuntado a la posibilidad
de que Cañada no cumpliese lo pactado con el rey en la construcción de Santa
Cristina; aunque tampoco podría descartarse que dicha concesión se produce poco
antes de morir Fernando VII, tras cuya muerte la reina Mª Cristina ostentó la
regencia con el apoyo de los liberales, enemigos políticos de Jacinto Cañada,
que hasta ese momento era un acérrimo absolutista, como apunta Lara
Martín-Portugués, no concediéndose finalmente el ansiado título.
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Fernando VII, rey de España. |
Algo parecido a lo anterior
encontramos con la denominación y catalogación de la finca como un señorío.
Evidentemente, el diccionario de la RAE ofrece muchas acepciones sobre la
palabra “señor”, pero cuando se lee la bibliografía y documentación sobre Santa
Cristina y Otíñar, la que más se aproxima es la que dice: “persona que poseía
estados y lugares con dominio y jurisdicción, o con solo prestaciones territoriales,
que se convirtieron en mero título nobiliario”. Así la propia profesora López
Arandia se refiere a Santa Cristina como un señorío anacrónico en pleno siglo
XIX, quizá en base al reconocimiento que Jacinto Cañada se daba como dueño y
señor de Santa Cristina, y que vemos en la documentación notarial, pero también
al funcionamiento interno de esta extensa finca, donde los colonos no contaban con la
propiedad ni de las casas que habitaban ni de las tierras que explotaban, pues
las mismas las disfrutaban en régimen de aparcería o arrendamiento. La
realidad era que Santa Cristina, más que funcionar como un señorío territorial o
una aldea/villa libre, lo hacía como una colonia agroganadera, cuyos
antecedentes los encontramos ya en la década en que se constituye (1820),
cuando, antes de ser comprado el terreno por su fundador, el ayuntamiento de
Jaén ya quiso establecer en la zona una colonia.
Según los trabajos de investigadores
como Monclús Fraga, Oyón Bañales, Gómez Benito y Gimeno, tras la Guerra de la Independencia
(1808-1814) y pasados unos años de la repoblación de Sierra Morena, la política
colonizadora en España se reanudó. Ya durante el primer tercio del siglo XIX
comenzaron a verse algunos cambios motivados por el empuje de la revolución
liberal y la lenta llegada al campo de las relaciones capitalistas. Ante ello,
la nueva legislación colonizadora daba más protagonismo a la iniciativa
privada, apoyada por el Estado, y en lugar de centrarse en aspectos sociales,
lo hacía en los económicos vigilando el aumento de la productividad de los
terrenos.
Santa Cristina es uno de los
primeros ejemplos claros de esa política colonizadora que se está dando en el momento en
que es fundada, ya que por entonces los conceptos de “colonia” y “colonizar”,
habían cambiado de significado. Según los investigadores citados anteriormente,
el término colonia designaba entonces la idea de “granja-modelo”, entendida
como conjunto de asentamiento formado por una gran explotación capitalista, en
la que se dan edificios funcionales y casas para los colonos, que son
asalariados o aparceros de la empresa. La estructura edificatoria de estas
colonias es generalmente cerrada, y toman como referente la factoría fabril, lo
que hace que se dé un esquema acabado de organización funcional y disciplinaria
del trabajo de la hacienda, donde el objetivo es preferentemente productivista
y lucrativo. A todo esto hay que añadir que el ideal ruralista aquí es la
dispersión de grandes haciendas capitalistas funcionalmente autónomas (Mata
Begid es un ejemplo cercano),
en las que los trabajadores forman una comunidad por su vinculación a la
hacienda y residencia en ésta, y no por su vinculación a ninguna entidad
territorial de carácter local. En opinión de Gómez Benito “este ideal ruralista
se distancia de lo urbano”. Por tanto, en el momento de fundarse Santa
Cristina no se hace como “empresa colonizadora a la vieja usanza”, como apunta
Narciso Zafra, pues como hemos visto la colonización se hizo conforme a las leyes y postulados de la época, algunos de los cuales siguieron dándose, en parte, en
las décadas siguientes, como encontramos en el caso de la colonia agrícola de
San Pedro de Alcántara, en Marbella (Málaga), construida en 1860 por el general
Miguel Vitali.
Visto esto entendemos que la
denominación de Santa Cristina como señorío, no se debía a que la misma
funcionara como un señorío territorial, sino más bien a la identificación de la
finca como propiedad de un dueño o
señor, lo que condujo a entenderla como un señorío
cuasi feudal, debido a la
condición de los colonos como trabajadores del mismo. A cuenta de ello viene muy bien
lo que escribe Luis Bello, periodista y escritor vinculado a la generación del 98 y a la del 14, el cual cuando visita Santa
Cristina en la década de 1920 la describe como una aldea con amo, cuyo
funcionamiento considera anticuado y atrasado para su época. Con todo, la condición de señorío de
Santa Cristina, en su acepción de señorío territorial, ya citado, no hubiera
podido ser posible al poco tiempo de ser constituido supuestamente el mismo en la tercera década del siglo XIX y en las
décadas siguientes, pues una vez se produce la regencia de Mª Cristina de
Borbón, y los liberales moderados llegan al gobierno, se dio la
abolición definitiva del régimen señorial con la legislación de 1837, con la
que se ponía fin a esta manera de entender la propiedad.
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Vista de la hacienda Santa Cristina a mediados del siglo XX |
Como podemos ver, la historia del
valle de Otíñar encierra todavía muchas incógnitas y posee muchos errores que
deben ser corregidos para poder entender mejor su pasado. Por tanto, tenemos
que concluir que, pese a denominarse señorío y baronía, Santa Cristina tuvo un
funcionamiento más propio de una colonia agroganadera fundada por iniciativa
privada, y surgida del espíritu de la revolución liberal que emanó de las Cortes
de Cádiz. Privacidad que a día de hoy aún mantiene el territorio.
José Carlos Gutiérrez
Pérez