No es nada nuevo que el valle de Otíñar
es un lugar inhóspito en lo que a investigación histórica y
arqueológica se refiere, lo cual no quiere decir que el mismo cuente
con una gran riqueza a nivel patrimonial ya sea documental,
arqueológica, artística, etnológica y geológica, razones que
influyeron para declarar los diferentes elementos que en él
encontramos como BIC. Sin embargo, pese a tener esos testigos de una
historia que se remonta a miles y miles de años, todavía son
muchísimas las preguntas sin responder que el valle de Otíñar
aguarda. Aunque en el plano historiográfico poco a poco ese vacío
se va supliendo con nuevos trabajos, todavía son muchos los
topicazos y errores históricos que la historia otiñera arrastra,
especialmente cuando los mismos son continuamente repetidos, en
ocasiones por pseudohistoriadores-divulgadores, sin ser contrastados
científicamente, o éstos se usan como arma política, lo cual es ya
más peligroso.
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Sello de la Hacienda "Santa Cristina" |
Lejos de crear polémica, pues
últimamente parece que cuando se habla de Otíñar, se habla de un
“problema” o al menos eso se quiere vender, traigo a colación
unas manifestaciones realizadas en la televisión municipal de Jaén
la pasada primavera de 2016, por el presidente de la plataforma de
Otíñar. Las mismas venían a decir algo así como que el
copropietario de la Hacienda Santa Cristina entre las décadas de
1950 y 1960, más o menos, cambió el modo de producir de la finca
pasando la aldea de Santa Cristina a convertirse en una hacienda,
razón por la cual a partir de ese momento pasó a llamarse, como
hemos dicho, “Hacienda Santa Cristina”. Entendemos que estas
manifestaciones no son dichas de forma baladí y que las mismas se
basan en alguna fuente. Evidentemente, en 2004 el arqueólogo Narciso
Zafra de la Torre, descendiente por cierto de colonos de Santa
Cristina, publicaba un interesante trabajo sobre toponimia del valle
de Otíñar entre cuyos párrafos indicaba lo siguiente: “Tras
la guerra civil los propietarios de Otíñar, una vez fracasada la
experiencia colectivista republicana, reinstauran su poder, y libres
ya de la obligación de vincularse con la población medieval de
Otíñar por la necesidad de legitimar la privatización, y como
parte de la desarticulación de la comunidad campesina vencida en la
guerra, propician el nuevo bautizo de la propiedad que pasa
oficialmente de ser Aldea de Otíñar a Hacienda Santa Cristina. No
es ya una aldea sino una hacienda, no habrá más una comunidad
campesina sino un latifundio explotado con jornaleros eventuales.
Esta situación no se produce después de que la comunidad se
desintegre sino como parte del proceso de destrucción de la misma,
negándola aún viva. (…) El cambio de nombre de Aldea
de Otíñar a Hacienda Santa Cristina que se
impone tras la Guerra Civil es el complemento retórico que acompaña
a las medidas adoptadas por el propietario para destruir la comunidad
campesina, un estorbo anacrónico en la capitalización de la
propiedad, que ahora se orienta a la producción industrializada.”
(Arqueología y Territorio Medieval, 11.1).
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"B.O.E.", nº 163, de 10 de julio de 1967. |
Sin entrar en las razones que plantea
Zafra de la Torre sobre la supuesta “desarticulación de la
comunidad campesina vencida en la guerra”, tema éste sobre el que
hablaremos en el futuro, llama poderosamente la atención como el
supuesto cambio de nombre al que se hace mención no está basado en
ninguna fuente documental según se ve en el artículo, ni se
contrasta con las mismas. Cabe la posibilidad de que quizá dicha
afirmación se basase en cómo a partir de la década de 1950 y 1960
proliferan las menciones a Hacienda Santa Cristina, lo cual no quiere
decir que desaparezcan las que dicen aldea de Santa Cristina u
Otíñar, véase por ejemplo el caso del Boletín Oficial del Estado
que en la década de 1960 señalaba la finca llamada Otíñar.
Pero volviendo al título de este post,
¿el término Hacienda Santa Cristina fue un nuevo nombre que impuso
el entonces copropietario, José Rodríguez de Cueto, para referirse
así al territorio que ocupaban los terrenos que entre 1826 y 1827
fueron desamortizados y vendidos a censo reservativo a un particular,
en este caso Jacinto Cañada Rojo?
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Mª Cristina de Borbón-Dos Sicilias, esposa de Fernando VII. |
Haciendo un poco historia recordemos
que en 1827 el citado Jacinto Cañada adquiría mediante venta a
censo reservativo dos cuartos de la antigua Dehesa de Propios de la
ciudad de Jaén, llamados la Parrilla y el Castillo de Otíñar. De
esta manera el Ayuntamiento de Jaén, a instancias del rey Fernando
VII, enajenaba esta parte de la dehesa al venderla a un particular
con el fin de que en ella se reconstruyera en cuatro años la antigua
Otíñar, despoblada desde finales de la Edad Media, obligación que
asumía el comprador, junto con la de pagar un canon anual hasta que
se terminara de pagar la cifra que se tasaron los citados cuartos
(153.207 reales y 12 maravedís). Pese a que por cuestiones de
emplazamiento se decide construir una nueva población cerca la
medieval, la empresa que lleva Jacinto Cañada tarda en ejecutarse
pero finalmente lo hace en 1831, año en que la esposa del rey, María
Cristina de Borbón, es nombrada patrona de la nueva población a la
cual concede el título honorífico de Villa (no de iure,
ojo), mandando que a partir de entonces se llame Villa de Santa
Cristina. Tras aprobar Fernando VII la nueva población en 1834, poco
antes de morir éste, el mismo concede al fundador y financiador del
proyecto una serie de privilegios entre los que se encontraba la
exención fiscal y un título nobiliario, del que su poseedor nunca
pagó los derechos reales, pese a usarlo.
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Aldea de Santa Cristina e instalaciones agro-ganaderas de la hacienda. |
Una vez llegado el momento de la
colonización del nuevo espacio, la misma se da por iniciativa
privada del fundador, siguiéndose los parámetros que la política y
legislación colonizadora, surgida a raíz de la revolución liberal
de las primeras décadas del XIX, marcaban y de las cuales el caso de
Santa Cristina fue de los primeros en realizarse. Por entonces los
conceptos de “colonia” y “colonizar”, habían cambiado de
significado. Según investigadores como Gómez Benito, Monclús Fraga
u Oyón Bañales, entre otros, el término colonia designaba entonces
la idea de “granja-modelo”, entendida como el conjunto de
asentamiento formado por una gran explotación capitalista, en la que
se dan edificios funcionales y casas para los colonos, que son
asalariados o aparceros de la empresa. Debido a ello, la estructura
edificatoria de estas colonias (término con el que el propio
fundador se refiere a Santa Cristina ya en la década de 1840) es
generalmente cerrada, y toman como referente la factoría fabril, lo
que hace que se dé un esquema acabado de organización funcional y
disciplinaria del trabajo de la hacienda, donde el objetivo es
preferentemente productivista y lucrativo. A todo esto hay que añadir
que el ideal ruralista aquí es la dispersión de grandes haciendas
capitalistas funcionalmente autónomas, en las que los trabajadores
forman una comunidad por su vinculación a la hacienda y residencia
en ésta, y no por su vinculación a ninguna entidad territorial de
carácter local.
Trabajos agronómicos-catastrales de 1901. Fuente: A.H.P.J. |
Este modelo de colonización es
precisamente es el que encontramos en Santa Cristina desde su
fundación hasta la década de 1960, cuando tiene lugar la crisis de
la agricultura y ganadería tradicionales en España que obliga a que
el sistema productivo cambie. Por tanto, como vemos el territorio de
Santa Cristina más que funcionar como el de una aldea normal,
funcionaba como hemos visto como una hacienda. Así, por ejemplo, los
colonos no eran vecinos permanentes de una comunidad, pues estaban
sujetos a las tierras y viviendas mediante contratos de aparcería o
arrendamiento de las suertes en los que se incluían las casas del
núcleo poblacional, según reflejan los protocolos notariales,
quedando fuera de esa comunidad en el caso en que el propietario no
renovase los citados contratos. No obstante, en el caso de Santa
Cristina esa permanencia sí se dio en muchos casos, pues aún siendo
varios los casos en que algunos colonos pasaban por Santa Cristina de
manera temporal, otros tantos renovaron dichos contratos de aparcería
o arrendamiento de padres a hijos permaneciendo en la aldea durante
casi siglo y medio. Como podemos ver tal aspecto era más propio de
una hacienda o cortijada que de una aldea en sí, tal cual la
entendemos o como la tuvo que entender en su día el pedagogo Luis
Bello en sus viajes por las escuelas españoles en la década de
1920, ignorando muy posiblemente las circunstancias que hemos
expuesto, aunque de dicho aspecto sí se percataron los ingenieros
que en 1901 realizaron trabajos topográficos en el valle de Otíñar,
refiriéndose a Santa Cristina como cortijada.
Pero pese funcionar como una hacienda, repetimos ¿dicho término fue inventado e impuesto por José Rodríguez de Cueto como se afirma? o ya existía anteriormente. En este caso la documentación histórica nos da la clave. Así en varios protocolos notariales de 1876, año en que se protocolariza la redención del censo impuesto en 1827 tras adquirir Jacinto Cañada la finca y la partición de bienes de la que fuera propietaria María del Carmen Martínez Nieto, observamos cómo a la hora de referirse a la propiedad en sí se usa mayormente el término “heredamiento” (hacienda de campo según el DRAE), pero también el de “hacienda”, el cual ese mismo año de 1876 pasa a constar en la primera inscripción registral de la finca según vemos en el Registro de la Propiedad hasta la actualidad.
Pero pese funcionar como una hacienda, repetimos ¿dicho término fue inventado e impuesto por José Rodríguez de Cueto como se afirma? o ya existía anteriormente. En este caso la documentación histórica nos da la clave. Así en varios protocolos notariales de 1876, año en que se protocolariza la redención del censo impuesto en 1827 tras adquirir Jacinto Cañada la finca y la partición de bienes de la que fuera propietaria María del Carmen Martínez Nieto, observamos cómo a la hora de referirse a la propiedad en sí se usa mayormente el término “heredamiento” (hacienda de campo según el DRAE), pero también el de “hacienda”, el cual ese mismo año de 1876 pasa a constar en la primera inscripción registral de la finca según vemos en el Registro de la Propiedad hasta la actualidad.
Referencia al heredamiento o Hacienda de Santa Cristina en un protocolo notarial de 1876. Fuente: A.H.P.J. |
Visto esto cabe decir a modo de conclusión que el término “hacienda” aplicado a la aldea o finca de Santa Cristina no fue algo novedoso creado por José Rodríguez de Cueto e impuesto por éste tras la posguerra sustituyendo al de aldea, como indica Narciso Zafra, sino que el mismo ya existía y se utilizaba desde el siglo XIX para referirse a los terrenos desamortizados por el Ayuntamiento de Jaén en 1827, como consta en diferentes fuentes documentales. Asimismo, el funcionamiento de dicha finca, colonizada según la legislación surgida a raíz de las Cortes de Cádiz, fue el de una hacienda capitalista dotada de un núcleo poblacional o aldea particular, como ya describe Pascual Madoz en su diccionario geográfico de mediados del XIX, en el que vivieron los colonos arrendatarios y otros trabajadores hasta que se produce la crisis de la agricultura y ganadería tradicionales a partir de la segunda mitad del siglo pasado, la cual obligó a la emigración y a un cambio en el modelo de producción de la hacienda donde el colonato se sustituyó por la introducción de jornaleros o trabajadores, que suponían un coste mayor para la propiedad respecto al modelo anterior. Pero eso es ya otra historia.
José Carlos Gutiérrez Pérez