jueves, 19 de enero de 2017

Otíñar, un paraje lleno de errores y “topicazos” históricos (III): Hacienda Santa Cristina, ¿un invento de Rodríguez de Cueto?

No es nada nuevo que el valle de Otíñar es un lugar inhóspito en lo que a investigación histórica y arqueológica se refiere, lo cual no quiere decir que el mismo cuente con una gran riqueza a nivel patrimonial ya sea documental, arqueológica, artística, etnológica y geológica, razones que influyeron para declarar los diferentes elementos que en él encontramos como BIC. Sin embargo, pese a tener esos testigos de una historia que se remonta a miles y miles de años, todavía son muchísimas las preguntas sin responder que el valle de Otíñar aguarda. Aunque en el plano historiográfico poco a poco ese vacío se va supliendo con nuevos trabajos, todavía son muchos los topicazos y errores históricos que la historia otiñera arrastra, especialmente cuando los mismos son continuamente repetidos, en ocasiones por pseudohistoriadores-divulgadores, sin ser contrastados científicamente, o éstos se usan como arma política, lo cual es ya más peligroso.

Sello de la Hacienda "Santa Cristina"
Lejos de crear polémica, pues últimamente parece que cuando se habla de Otíñar, se habla de un “problema” o al menos eso se quiere vender, traigo a colación unas manifestaciones realizadas en la televisión municipal de Jaén la pasada primavera de 2016, por el presidente de la plataforma de Otíñar. Las mismas venían a decir algo así como que el copropietario de la Hacienda Santa Cristina entre las décadas de 1950 y 1960, más o menos, cambió el modo de producir de la finca pasando la aldea de Santa Cristina a convertirse en una hacienda, razón por la cual a partir de ese momento pasó a llamarse, como hemos dicho, “Hacienda Santa Cristina”. Entendemos que estas manifestaciones no son dichas de forma baladí y que las mismas se basan en alguna fuente. Evidentemente, en 2004 el arqueólogo Narciso Zafra de la Torre, descendiente por cierto de colonos de Santa Cristina, publicaba un interesante trabajo sobre toponimia del valle de Otíñar entre cuyos párrafos indicaba lo siguiente: “Tras la guerra civil los propietarios de Otíñar, una vez fracasada la experiencia colectivista republicana, reinstauran su poder, y libres ya de la obligación de vincularse con la población medieval de Otíñar por la necesidad de legitimar la privatización, y como parte de la desarticulación de la comunidad campesina vencida en la guerra, propician el nuevo bautizo de la propiedad que pasa oficialmente de ser Aldea de Otíñar a Hacienda Santa Cristina. No es ya una aldea sino una hacienda, no habrá más una comunidad campesina sino un latifundio explotado con jornaleros eventuales. Esta situación no se produce después de que la comunidad se desintegre sino como parte del proceso de destrucción de la misma, negándola aún viva. (…) El cambio de nombre de Aldea de Otíñar a Hacienda Santa Cristina que se impone tras la Guerra Civil es el complemento retórico que acompaña a las medidas adoptadas por el propietario para destruir la comunidad campesina, un estorbo anacrónico en la capitalización de la propiedad, que ahora se orienta a la producción industrializada.” (Arqueología y Territorio Medieval, 11.1).

"B.O.E.", nº 163, de 10 de julio de 1967.
Sin entrar en las razones que plantea Zafra de la Torre sobre la supuesta “desarticulación de la comunidad campesina vencida en la guerra”, tema éste sobre el que hablaremos en el futuro, llama poderosamente la atención como el supuesto cambio de nombre al que se hace mención no está basado en ninguna fuente documental según se ve en el artículo, ni se contrasta con las mismas. Cabe la posibilidad de que quizá dicha afirmación se basase en cómo a partir de la década de 1950 y 1960 proliferan las menciones a Hacienda Santa Cristina, lo cual no quiere decir que desaparezcan las que dicen aldea de Santa Cristina u Otíñar, véase por ejemplo el caso del Boletín Oficial del Estado que en la década de 1960 señalaba la finca llamada Otíñar.

Pero volviendo al título de este post, ¿el término Hacienda Santa Cristina fue un nuevo nombre que impuso el entonces copropietario, José Rodríguez de Cueto, para referirse así al territorio que ocupaban los terrenos que entre 1826 y 1827 fueron desamortizados y vendidos a censo reservativo a un particular, en este caso Jacinto Cañada Rojo?

Mª Cristina de Borbón-Dos Sicilias,
esposa de Fernando VII.
Haciendo un poco historia recordemos que en 1827 el citado Jacinto Cañada adquiría mediante venta a censo reservativo dos cuartos de la antigua Dehesa de Propios de la ciudad de Jaén, llamados la Parrilla y el Castillo de Otíñar. De esta manera el Ayuntamiento de Jaén, a instancias del rey Fernando VII, enajenaba esta parte de la dehesa al venderla a un particular con el fin de que en ella se reconstruyera en cuatro años la antigua Otíñar, despoblada desde finales de la Edad Media, obligación que asumía el comprador, junto con la de pagar un canon anual hasta que se terminara de pagar la cifra que se tasaron los citados cuartos (153.207 reales y 12 maravedís). Pese a que por cuestiones de emplazamiento se decide construir una nueva población cerca la medieval, la empresa que lleva Jacinto Cañada tarda en ejecutarse pero finalmente lo hace en 1831, año en que la esposa del rey, María Cristina de Borbón, es nombrada patrona de la nueva población a la cual concede el título honorífico de Villa (no de iure, ojo), mandando que a partir de entonces se llame Villa de Santa Cristina. Tras aprobar Fernando VII la nueva población en 1834, poco antes de morir éste, el mismo concede al fundador y financiador del proyecto una serie de privilegios entre los que se encontraba la exención fiscal y un título nobiliario, del que su poseedor nunca pagó los derechos reales, pese a usarlo.

Aldea de Santa Cristina 
e instalaciones agro-ganaderas de la hacienda.
Una vez llegado el momento de la colonización del nuevo espacio, la misma se da por iniciativa privada del fundador, siguiéndose los parámetros que la política y legislación colonizadora, surgida a raíz de la revolución liberal de las primeras décadas del XIX, marcaban y de las cuales el caso de Santa Cristina fue de los primeros en realizarse. Por entonces los conceptos de “colonia” y “colonizar”, habían cambiado de significado. Según investigadores como Gómez Benito, Monclús Fraga u Oyón Bañales, entre otros, el término colonia designaba entonces la idea de “granja-modelo”, entendida como el conjunto de asentamiento formado por una gran explotación capitalista, en la que se dan edificios funcionales y casas para los colonos, que son asalariados o aparceros de la empresa. Debido a ello, la estructura edificatoria de estas colonias (término con el que el propio fundador se refiere a Santa Cristina ya en la década de 1840) es generalmente cerrada, y toman como referente la factoría fabril, lo que hace que se dé un esquema acabado de organización funcional y disciplinaria del trabajo de la hacienda, donde el objetivo es preferentemente productivista y lucrativo. A todo esto hay que añadir que el ideal ruralista aquí es la dispersión de grandes haciendas capitalistas funcionalmente autónomas, en las que los trabajadores forman una comunidad por su vinculación a la hacienda y residencia en ésta, y no por su vinculación a ninguna entidad territorial de carácter local.

Trabajos agronómicos-catastrales de 1901.
Fuente: A.H.P.J.
Este modelo de colonización es precisamente es el que encontramos en Santa Cristina desde su fundación hasta la década de 1960, cuando tiene lugar la crisis de la agricultura y ganadería tradicionales en España que obliga a que el sistema productivo cambie. Por tanto, como vemos el territorio de Santa Cristina más que funcionar como el de una aldea normal, funcionaba como hemos visto como una hacienda. Así, por ejemplo, los colonos no eran vecinos permanentes de una comunidad, pues estaban sujetos a las tierras y viviendas mediante contratos de aparcería o arrendamiento de las suertes en los que se incluían las casas del núcleo poblacional, según reflejan los protocolos notariales, quedando fuera de esa comunidad en el caso en que el propietario no renovase los citados contratos. No obstante, en el caso de Santa Cristina esa permanencia sí se dio en muchos casos, pues aún siendo varios los casos en que algunos colonos pasaban por Santa Cristina de manera temporal, otros tantos renovaron dichos contratos de aparcería o arrendamiento de padres a hijos permaneciendo en la aldea durante casi siglo y medio. Como podemos ver tal aspecto era más propio de una hacienda o cortijada que de una aldea en sí, tal cual la entendemos o como la tuvo que entender en su día el pedagogo Luis Bello en sus viajes por las escuelas españoles en la década de 1920, ignorando muy posiblemente las circunstancias que hemos expuesto, aunque de dicho aspecto sí se percataron los ingenieros que en 1901 realizaron trabajos topográficos en el valle de Otíñar, refiriéndose a Santa Cristina como cortijada.

Pero pese funcionar como una hacienda, repetimos ¿dicho término fue inventado e impuesto por José Rodríguez de Cueto como se afirma? o ya existía anteriormente. En este caso la documentación histórica nos da la clave. Así en varios protocolos notariales de 1876, año en que se protocolariza la redención del censo impuesto en 1827 tras adquirir Jacinto Cañada la finca y la partición de bienes de la que fuera propietaria María del Carmen Martínez Nieto, observamos cómo a la hora de referirse a la propiedad en sí se usa mayormente el término “heredamiento” (hacienda de campo según el DRAE), pero también el de “hacienda”, el cual ese mismo año de 1876 pasa a constar en la primera inscripción registral de la finca según vemos en el Registro de la Propiedad hasta la actualidad.

Referencia al heredamiento o Hacienda de Santa Cristina
en un protocolo notarial de 1876. Fuente: A.H.P.J.

Visto esto cabe decir a modo de conclusión que el término “hacienda” aplicado a la aldea o finca de Santa Cristina no fue algo novedoso creado por José Rodríguez de Cueto e impuesto por éste tras la posguerra sustituyendo al de aldea, como indica Narciso Zafra, sino que el mismo ya existía y se utilizaba desde el siglo XIX para referirse a los terrenos desamortizados por el Ayuntamiento de Jaén en 1827, como consta en diferentes fuentes documentales. Asimismo, el funcionamiento de dicha finca, colonizada según la legislación surgida a raíz de las Cortes de Cádiz, fue el de una hacienda capitalista dotada de un núcleo poblacional o aldea particular, como ya describe Pascual Madoz en su diccionario geográfico de mediados del XIX, en el que vivieron los colonos arrendatarios y otros trabajadores hasta que se produce la crisis de la agricultura y ganadería tradicionales a partir de la segunda mitad del siglo pasado, la cual obligó a la emigración y a un cambio en el modelo de producción de la hacienda donde el colonato se sustituyó por la introducción de jornaleros o trabajadores, que suponían un coste mayor para la propiedad respecto al modelo anterior. Pero eso es ya otra historia.


José Carlos Gutiérrez Pérez